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Fallo a favor de los que dan comida a gatos en las calles

Una sentencia de Madrid da razones a los que critican que en Santiago también se sancione

La salvajada cometida con el gatito Evan, que fue quemado por unos desalmados en Poza de Bar, y que murió a consecuencia de las heridas causadas, ha vuelto a sacar a la palestra qué hacer con los animales callejeros en las ciudades.

En el caso de Santiago, la normativa municipal prohibe dar de comer a los animales que vaguen por las calles, y de hecho hay previstas sanciones económicas. Así, hace cuatro años una vecina compostelana tuvo que hacer frente a una multa de 750 euros por alimentar a mininos en la calle.

En aquella ocasión, la asociación Abeiro iniciaba una colecta para ayudar a Nieves a hacer frente a la sanción, una multa que consideraban totalmente injusta.

Ahora una sentencia judicial acaba de condenar y obligar al Ayuntamiento de Madrid a devolverle a una comunidad de vecinos los 900 euros que le impuso por alimentar a una colonia de gatos, y eso a pesar de que en Madrid la normativa municipal también prohíbe alimentar a animales callejeros.

Así, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid dictaminó que los vecinos del distrito de Salamanca tienen derecho a alimentar a gatos callejeros de los que ninguna institución se hace cargo. Asimismo, el juez dirimió que el Ayuntamiento de Madrid tendría que hacerse cargo del control de estas colonias felinas.

Sin embargo, desde Abeiro denuncian que en Compostela "siguen amenazando e identificando a quien alimenta a los gatos sin hogar. En Abeiro defendemos que la ley está por encima de la ordenanza municipal que prohíbe alimentarlos".

Al igual que el juez madrileño, desde Abeiro consideran "que la protección y cuidado de los animales de cada municipio es responsabilidad del Ayuntamiento. Si este no cumple con sus obligaciones, ¿por qué sanciona a quien hace su trabajo?".

sregueira@elcorreogallego.es

17 ene 2015 / 20:44
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